Vida Grupo Elección Popular
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¿De qué trata este seguro?
¿De qué trata este seguro?
Es un seguro de vida dirigido a alcaldes, concejales, ediles, diputados y personeros, sustentado en las disposiciones establecidas en el artículo 68 de la Ley 136 de 1994, mediante el cual se otorga el derecho a los concejales de los municipios a obtener un seguro de vida.
Beneficios de este seguro
Beneficios de este seguro
Que Cubre
Coberturas
Coberturas
Reclamación de Siniestros
Entiéndase como siniestro la ocurrencia del evento amparado, como por ejemplo fallecimiento, incapacidad, hospitalización, gastos médicos, y en general cualquier evento ocurrido en la integridad de la persona.
De acuerdo con este producto en el momento en que se presente cualquier evento amparado por la póliza, los reclamantes podrán allegar los documentos requisito para demostrar la ocurrencia del siniestro, con el fin de acreditar el derecho al pago del valor asegurado, de acuerdo con lo establecido en el articulo 1077 del Código de Comercio.
Si quiere presentar la reclamación por un siniestro de click en este link.